Contratos de trabajo en función de horas laborales

por | BLOG, Laboral

En la actualidad, existen en España 42 tipos de contratos de trabajo dependiendo de las horas laborales, que se simplifican en 4 modelos fundamentales: indefinido, temporal, contrato en prácticas y contrato para la formación y el aprendizaje. Dentro de estos 4 grandes grupos se engloban, con diferentes matices y cláusulas, todos los demás contratos.

Resumen del contenido

Contrato indefinido

Este tipo de contrato no establece un límite de tiempo en cuanto a su duración, por lo que suelen ser los más estables y con mejores condiciones laborales para los trabajadores. Lo lógico es que se formalice por escrito para que en él queden recogidas todas las cláusulas y especificaciones del contrato correspondiente.

Dentro de este gran grupo, nos encontramos con diferentes tipos de contratos que también pueden ir en función de las horas laborales u otras características. Los más conocidos son los siguientes:

  • Personas con discapacidad
  • Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores
  • A tiempo parcial.
  • De mayores de 52 años beneficiarios de subsidios de desempleo
  • Procedente de primer empleo joven de ETT o de un contrato en prácticas
  • Conversión de contrato temporal en indefinido

Contratos temporales

Es el tipo de contrato en el que el trabajador se halla en la empresa por un tiempo determinado o con el objetivo de realizar una actividad concreta. Dentro de este grupo también hay una serie de tipos de contratos de trabajo que pueden ser los siguientes:

  • Contrato de trabajo por obra o servicio determinado: su duración será el tiempo que dure la obra o servicio y puede ser a jornada completa o parcial
  • Contrato eventual por circunstancias de la producción: se fija cuando la empresa necesita cubrir una acumulación de tareas o excesos de pedidos, con una duración máxima de 6 meses, o lo que estipule su convenio laboral, puede ser a jornada completa o parcial, y con posibilidad de formalizar una única prórroga
  • Contrato de interinidad: sustituir a trabajadores de su puesto de trabajo en casos de maternidad, riesgo de embarazo, etc. con jornada a tiempo completo, salvo que a quien se sustituya tenga un contrato a tiempo parcial

En los contratos a tiempo parcial se debe hacer constar el número de horas laborales al día, a la semana, al mes o al año contratadas, así como cuando se realizan dichas horas. Además, se prohibirá la realización de horas extraordinarias, aunque se podrá ampliar la jornada laboral mediante las horas complementarias, siempre que el promedio anual de horas laborales contratadas sea de 10 horas a la semana.

Contrato en prácticas

Este contrato facilita la cualificación profesional del trabajador mediante la práctica en el trabajo. Un requisito es que no hayan pasado más de cinco años desde que se obtuvo el Título o Certificado de sus estudios.  La duración de este contrato puede ser de 6 meses hasta 2 años, pudiéndose realizar un máximo de 2 prórrogas por periodos mínimos de 6 meses. El contrato deberá ser a jornada completa o parcial, con una retribución mínima pactada según convenio o el 60% en el primer año y el 75% en el segundo del salario fijado para cualquier otro trabajador del mismo puesto de trabajo.

Contrato para la formación y el aprendizaje

Este contrato se encarga de fomentar la inserción laboral y la formación de los jóvenes. Está diseñado para menores de 25 años que no tengan la cualificación necesaria para acceder a un contrato en prácticas. La retribución será pactada en convenio y nunca menor al salario mínimo interprofesional.

Este tipo de contrato también debe dedicar a formación el 25% de la jornada durante el primer año de trabajo y el 15% durante el segundo.

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